Después de analizar las obligaciones legales de toda Europa respecto al uso de la mascarilla, podemos observar que España es el país más restrictivo, siendo el país que impone una menor edad para su utilización (junto con Alemania e Italia), y una mayor cantidad de espacios en el uso de la mascarilla es obligatorio.
Resulta especialmente llamativo cómo en otros países con menor índice de contagios, como Alemania, se opta en los colegios por la separación interpersonal mientras que aquí se obliga a los estudiantes a portar la mascarilla durante toda la jornada lectiva, privándoles a sus jóvenes cerebros de la oxigenación necesaria durante actividades de aprendizaje y educación física.
Sin embargo, a pesar de todas las imposiciones y restricciones que supone el uso de la mascarilla en la vida pública, España es hoy en día el país con mayor número de PCRs positivos en Europa. Cabe preguntarse si realmente un uso tan severo de las mascarillas es el instrumento adecuado para detener los «contagios» por Covid y frenar la pandemia.
Desde la declaración del estado de alarma, derivado de la crisis sanitaria, hemos asumido como normal el uso de la mascarilla. Lo que hace menos de un año nos parecería un comportamiento extraño nos parece no sólo aceptado, si no necesario. Sin embargo, el uso de la mascarilla se ha legislado de distinta manera en los diferentes países de Europa, siendo España uno de los países en los que su uso es más extenso y severo, como afirma Joan Carles March, especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública.
Ahora analizaremos la legislación según los distintos países europeos en base a estas preguntas:
En España la sanidad es una competencia delegada a las comunidades autónomas, por tanto, cada una ha adaptado el uso de las mascarillas a sus necesidades.
¿Quién debe llevar mascarilla? Cualquier persona mayor de 6 años.
¿Dónde se debe llevar? Se obliga al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público en todas las comunidades autónomas (a excepción de Canarias). Dicho uso es obligatorio y no alternativo a la observancia de la distancia de seguridad interpersonal.
¿En la oficina? Respecto a las oficinas, aunque existen diferencias entre comunidades autónomas, pero generalmente aceptan que en el caso de los centros de trabajo que no sean de uso público, el uso de mascarillas no será obligatorio exclusivamente cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo y siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otros trabajadores.
¿En el colegio? En los colegios también son las distintas comunidades autónomas las que han debido legislar acerca del uso de mascarillas en colegios y oficinas. En comunidades como Cataluña, Aragón o País Vasco es obligatorio el uso de las mascarillas en el aula. La Comunidad de Madrid, obliga a su uso el uso de mascarilla será obligatorio para todas las personas a partir de los seis años, independientemente de la observancia de la distancia de seguridad interpersonal salvo las excepciones previstas en la normativa vigente. Además de ser obligatorio en el transporte escolar colectivo a partir de 6 años, sin prejuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico, y recomendable en alumnos de 3 a 5 años.
¿Qué excepciones hay? Las situaciones en las que se exime del uso de la mascarilla son:
La Ley No. 62-A / 2020 ha sido la ley que regula, entre otras cosas, el uso de la mascarilla.
¿Quién debe llevar mascarilla? Cualquier persona mayor de 10 años.
¿Dónde se debe llevar? En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable.
¿En la oficina? En las oficinas se recomienda su uso, pero sin llegar a legislar al respecto.
¿En el colegio? Los planes para la vuelta a las aulas han sido establecidos por cada colegio. No obstante, las autoridades sanitarias de Portugal han establecido que en la medida de lo posible se sigan las reglas de distanciamiento de 1,5 metros, y el uso obligatorio de mascarillas para los alumnos de 12 años en adelante.
¿Qué excepciones hay? Existen una serie de excepciones cuando:
Legislado en el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros 13 de octubre de 2020.
¿Quién debe llevar mascarilla? Cualquier persona mayor de 6 años.
¿Dónde se debe llevar? En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable.
¿En la oficina? Es obligatorio el uso de las mascarillas, a pesar de que se pueda respetar la distancia interpersonal en oficinas.
¿En el colegio? Es obligatorio el uso de las mascarillas, a pesar de que se pueda respetar la distancia interpersonal tanto en colegios. En cualquier caso, no se contempla la medida para menores de seis años.
¿Qué excepciones hay? Las únicas excepciones son:
Se ha legislado a través del Decreto n ° 2020-1262 de 16 de octubre de 2020 donde se dice que toda persona de once años o más deberá usar mascarilla en establecimientos con excepción de oficinas. Además, obliga a las empresas a proporcionar a sus empleados tanto las mascarillas como cualquier equipamiento de protección adecuado.
¿Quién debe llevar mascarilla? Cualquier persona mayor de 11 años.
¿Dónde se debe llevar? En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable.
¿En la oficina? En las oficinas, no es necesario el uso de las mascarillas.
¿En el colegio? Todos los adultos sin excepciones, así como los estudiantes mayores de 11 años, deberán portar mascarilla durante el horario lectivo. El protocolo sanitario estima que en el caso de los menores de 11 años no consideran necesario que utilicen la mascarilla en las aulas, pero que se mantenga una mayor distancia entre las mesas.
¿Qué excepciones hay? Las únicas excepciones son:
Además, es obligatorio cubrirse boca y nariz en las instalaciones de trabajo y de producción; esta norma no se aplica siempre que se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros frente a otras personas. Se deben cumplir las normas de distanciamiento e higiene en tiendas y restaurantes. En general, se prohíbe la celebración de grandes eventos hasta el jueves, 31 de diciembre de 2020.
¿Quién debe llevar mascarilla? Cualquier persona mayor de 6 años.
¿Dónde se debe llevar? En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable. Es obligatorio llevar mascarilla en el transporte público, en los locales comerciales y en todos los lugares abiertos al público y al aire libre donde se aglomeren personas o se permanezcan de forma prolongada.
¿Qué excepciones hay? Las únicas excepciones son para la actividad deportiva, para niños menores de 6 años y para personas con discapacidad incompatible con el uso de protecciones.
¿En la oficina? En las oficinas es obligatorio cubrirse boca y nariz en las instalaciones de trabajo y de producción; esta norma no se aplica siempre que se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros frente a otras personas.
¿En el colegio? Se ha establecido que los 16 Estados federados decida por sí mismos si los alumnos deben o no llevar mascarilla. En una gran mayoría se ha optado tanto para alumnos de primaria como de secundaria, imponer el uso de las mascarillas dentro del recinto escolar, pero no dentro de las clases. Cabe destacar el caso de Renania del Norte, que impulsó el uso de la mascarilla en el aula y ha decidido suspender la medida.
¿Qué excepciones hay? Las únicas excepciones son:
Entre los países nórdicos cabe destacar el ejemplo de Suecia, donde la mascarilla no es obligatoria. No solo eso, si no que además se dice desde la Agencia de Salud Pública de Suecia que el uso de la mascarilla no solo no sirve como barrera para la transmisión del coronavirus, es que de hecho la fomenta. En contraposición a esta legislación, el resto de países. Otra medida que han tomado es la de limitar las reuniones a un máximo de 10 personas, ya que antes este número era de 50.
Por su parte, las autoridades sanitarias finlandesas instan a las personas a usar máscaras faciales en lugares públicos y medios de transporte público. En este último caso no es obligatorio su uso ya que el gobierno finlandés carece de autoridad para imponer esta restricción. Esta recomendación afecta a los mayores de 15 años que residan en regiones en las que se haya producido algún contagio por coronavirus en los últimos catorce días, por lo que abarca todo el país nórdico excepto cinco zonas periféricas.
De su entorno sí que obligan al uso de la mascarilla. Dinamarca por ejemplo, decidió en octubre imponer el uso obligatorio de mascarillas en los espacios públicos cerrados, sean cines, comercios u hospitales.
Por último, en cuanto a los países del centro y este de Europa, como República Checa o Bulgaria o Hungría, se ha impuesto el uso de mascarillas en cualquier espacio público cerrado para toda su población.
Puede ver un resumen a continuación:
ESPAÑA | PORTUGAL | FRANCIA | ALEMANIA | ITALIA |
6 años | 10 años | 11 años | 6 años | 6 años |
ESPAÑA | PORTUGAL | FRANCIA | ALEMANIA | ITALIA |
En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público | En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable | En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable. | En espacios públicos y vías siempre recomendada resulte impracticable, en el transporte público, locales comerciales y lugares abiertos al público y al aire libre donde se aglomeren personas. | En el acceso, circulación o permanencia en espacios públicos y vías siempre que la distancia recomendada resulte impracticable. |
ESPAÑA | PORTUGAL | FRANCIA | ALEMANIA | ITALIA |
NO 1,5 metros frente a otras personas. | NO Solo se recomienda su uso. | NO | NO 1,5 metros frente a otras personas. | Sí |
ESPAÑA | PORTUGAL | FRANCIA | ALEMANIA | ITALIA |
Sí | NO Sólo recomendación. | NO Mayores de 11 años SÍ. | Dentro del recinto escolar, pero NO dentro de las clases. | Sí |
ESPAÑA | PORTUGAL | FRANCIA | ALEMANIA | ITALIA |
Para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria; Por su situación de discapacidad Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre. | Se presente un certificado; declaración médica que acredite que la condición clínica de la persona no es consistente con el uso de mascarillas;Cuando el uso de mascarilla sea incompatible;Cuando te relaciones con convivientes | Para la actividad deportiva;Para niños menores de 11 años;Para personas con discapacidad incompatible con el uso de protecciones. | Para la actividad deportiva; Para niños menores de 6 años; Para personas con discapacidad | Para la actividad deportiva; Para niños menores de 6 años; Para personas con discapacidad |
Desde Gente por la Verdad, y después de estudiar la actuación legal de los países de nuestro entorno, vemos que el uso que se hace de la mascarilla en España no es sólo estricto, si no también inútil. A pesar de las imposiciones que nos hacen para llevarla seguimos siendo el país que más «contagios» diarios tenemos. Por tanto, habría que empezar a pensar en otras soluciones y no solo la imposición de medidas que coarten la libertad de los ciudadanos. Como última reflexión nos gustaría añadir que a los niños se les trata de una manera especialmente dura, ya que deben usar la mascarilla durante toda la jornada lectiva, tanto dentro como fuera del aula, incluso durante sus actividades físicas, lo cual en nuestra opinión, y una vez se ha demostrado que los asintomáticos no contagian, no tiene ningún sentido y les priva de oxigenar adecuadamente sus cerebros, sin que se conozcan todavía las consecuencias negativas de esa falta de oxígeno en mentes en pleno desarrollo.